domingo, 16 de mayo de 2010

Derechos Educativos

Para comprender los derechos de sus hijos en las escuelas públicas de los Estados Unidos* , es bueno empezar con una de las principales leyes que gobiernan la educación de niños con discapacidades: la Ley Educativa de Individuos con Discapacidades (Individuals with Disabilities Education Act IDEA (P.L. 101-476) es una ley federal que garantiza la educación pública gratis y apropiada para todo niño con discapacidad. Esto significa que si matricula a su hijo en una escuela pública, su educación debería ser completamente gratuita, y debería ser apropiada para su edad, habilidad y nivel de desarrollo. La IDEA es una versión enmendada de la Ley Educativa para Todos los Niños Discapacitados (P.L. 94-142), aprobada en 1975.

El IEP o el Plan Educativo Individualizado (Individualized Education Plan) es un documento escrito que da a conocer en forma general sobre la educación de un niño. Tal como su nombre lo indica, el programa educativo debería ser adecuado para proveer beneficio al estudiante demanera individual. Es difícil enfatizar la palabra "individual" bastante a menudo. Un programa que es apropiado para un niño con autismo puede ser inapropiado para otro. Más adelante, se discutirá la creación de un documento del Plan Educativo Individualizado, más la garantía procesal para los padres de familia quienes no están de acuerdo con el Plan Educativo Individualizado de sus hijos.

Puede obtener una copia de la Ley Educativa de Individuos Discapacitados y/o los reglamentos de la Oficina Gubernamental de Tipografia (Government Office of Printing) o puede también encontrarse disponible en su biblioteca pública. El estatuto de la Ley Educativa de Individuos Discapacitados es la legislación gobernante — el lenguaje de la ley — y las estipulaciones constituyen una explicación de la manera cómo se debe representar la ley. Dicha ley da a conocer las condiciones que existen y las estipulaciones explican la manera cómo se aplican estas condiciones.

Antes de solicitar una copia, es importante comprender la manera cómo se refieren a las leyes públicas a fin de dar a la biblioteca la cita completa de la ley que está buscando. Siempre y cuando el Congreso apruebe un decreto y el Presidente lo firme para convertirlo en Ley, se le otorga un número, tales como P.L. 94-142. "P.L." significa "Ley Pública". El primer conjunto de números significa la sesión del Congreso en la que la ley fue aprobada. Por ejemplo, 94 significa la sesión 94o del Congreso de los Estados Unidos. El segundo conjunto de números identifica cuál fue el número de la ley en la secuencia del aprobación y promulgación durante dicha sesión. Por consiguiente, 94-142 significa que ésta fue la 142a ley que el Congreso aprobó y que el Presidente firmó durante la 94a sesión del Congreso.

Dos otras leyes que se encargan de los derechos educacionales de los estudiantes discapacitados son: la Ley de los Derechos Educativos de la Familia y de Privacidad (Family Education Rights and Privacy Act) de 1974 (P.L. 93-380) y Sección 504 de la Ley de Rehabilitación de 1973 (P.L. 93-112).

En resumen, la Ley de Derechos Educativos de la Familia y de Actos Privados (Family Educational Rights and Privacy Act (FERPA)) protege la privacidad de los documentos educativos del estudiante y explica en términos generales sobre la inspección y emisión de información. La sección 504 de la Ley de Rehabilitación (Rehabilitation Act) protege los derechos civiles de las personas discapacitadas. Esta ley prohibe la discriminación contra una persona discapacitada por parte de una agencia que recibe fondos federales.

Con la finalidad de comprender mejor los derechos de su hijo según la ley federal y comunicarse más efectivamente con los profesionales en lo concerniente a la educación de su hijo, el gobierno federal ha establecido los Centros de Información de Capacitacion del Padre de Familia (Parent Training Information Centers(PTIs)). Estos Centros de Capacitacion están diseñados para enseñar a los padres las técnicas de defensa y para estimularlos para que se conviertan en participantes activos de la educación de su hijo. Algunas veces administradas a través de otras organizaciones de discapacitados tales como el Easter Seals or ARC, estas organizaciones pueden ayudar a los padres a obtener confianza en la defensa de los derechos de sus hijos. Llame a nuestra oficina para ponerse en contacto con el PTI de su estado.

Cada estado posee una Agencia de Protección y Defensa (Protection and Advocacy Agency). Originalmente estas agencias fueron establecidas para proteger a los individuos discapacitados del abuso y el olvido. Sin embargo, en la actualidad su campo de acción es más amplio. En la mayoría de estas agencias, sus centros de defensa ayudan a las familias a obtener una educación pública gratis y apropiada para sus hijos. La Agencia de Protección y Defensa estatal ofrece capacitacion, en el manejo del caso y consejo legal en muchas circunstancias. Si desea ponerse en contacto con la Agencia de Protección y Defensa de su estado, favor de llamar a nuestra oficina para obtener el número de teléfono y la respectiva dirección.

La Oficina de Programas de Educación Especial (Office of Special Education Programs (OSEP)), puede constituir también un recurso de información sobre los derechos de educación. Si tiene alguna pregunta sobre la Ley Educativa de Individuos Discapacitados y le es imposible obtener una respuesta en su estado, sería recomendable que escriba a la OSEP directamente a: Office of Special Education Programs, Education Department, 400 Maryland Avenue SW, Mail Stop 651, Washington DC 20202, 202.205.5507.

* En los Países Bajos también funciona un departamento especializado en niños discapacitados y tienen todas las ayudas necesarias, tanto escolares cómo médica, habitacional y/o monetaria.

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